Micelio
Auto29 de octubre de 2025

A- de 2025

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Demandante Colpensiones·Demandado Garcia Rua Alexy

Tema · dato duro
Acción De Lesividad Promovida Por Colpensiones Contra Acto Administrativo Que Concedió Prestación Pensional.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A, y el Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla, por una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada por la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, para obtener la declaratoria de nulidad de una resolución por medio de la cual le reconoció una pensión de sobrevivientes a una ciudadana, por cuanto luego de una investigación administrativa especial concluyó que el reconocimiento de dicha prestación se realizó bajo una situación indebida, con fundamento en información incluida de forma irregular, así que solicita además la devolución de lo pagado.

Cumplidos los presupuestos del conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que el asunto es competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo.

Esto, porque Colpensiones es una entidad pública y solicita en la demanda la nulidad de actos administrativos propios –acción de lesividad–.

Considera pertinente reiterar la regla de decisión del Auto 316/21, según la cual, cuando la administración demanda un acto de su propia autoría, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, el estudio del asunto será competencia de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 97 y 104 de la Ley 1437 de 2011.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A, y el Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A, es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones en contra de la Resolución SUB 74805 del 24 de mayo de 2017.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-7031 al Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Atlántico, Sala de Decisión Oral A, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 012 Laboral del Circuito de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.